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Dentro de los eventos financieros, además de los derechos de suscripción que se generan para un accionista en caso de ampliación de capital, están también las juntas generales de accionistas o Annual General Meeting. Se trata de un encuentro anual en el que se reúnen la junta directiva de la compañía y los accionistas. Las juntas generales de accionistas permiten a los accionistas participar mediante voto en decisiones estratégicas sobre la compañía.
¿Qué cuestiones se abordan en una junta general de accionistas?
En las juntas generales de accionistas las compañía presentan sus cuentas anuales. Éstas deben ser aprobadas por los accionistas. Asimismo, sirven para aprobar decisiones adoptadas por la junta directiva, como, por ejemplo, el reparto de dividendos, así como para ratificar a los directores que forman parte de la misma. También debe ser aprobada en junta general de accionistas cualquier modificación de los estatutos sociales o cuestiones que afecten a la estructura societaria como una fusión, escisión o una ampliación de capital. Por otro lado, es habitual que en las JGA algunos de los directivos comparta su visión sobre la evolución de la compañía y sus perspectivas de futuro. Se trata de uno de los pocos momentos en los que accionistas y los ejecutivos interactúan.
¿Cómo funcionan?
Aunque existen unas disposiciones recogidas por la ley, muchas de las normas por las que se rigen las juntas generales de accionistas las establece la propia compañía. Para convocarlas, las compañías cotizadas deben comunicar al supervisor financiero de su jurisdicción la fecha y el lugar del encuentro. En EEUU, por ejemplo, el regulador competente es la Securities and Exchange Commission (SEC), mientras que en España es la CNMV, que deberán hacer pública la convocatoria.
¿Quiénes pueden participar en la juntas generales de accionistas?
Aunque en principio, todos los accionistas tienen derecho a participar en la junta general de accionistas de la compañía en la que mantienen participaciones, es habitual que su asistencia esté condicionada a que sean titulares de un mínimo de acciones. En caso de no poder asistir, pueden ejercitar su derecho a voto a distancia, ya sea por correo o de forma electrónica. De hecho, a los accionistas que votan a distancia se les considera como presentes en la junta. En el caso de los accionistas minoritarios que tengan interés en asistir a la junta, pero que no cuentan con el número mínimo de acciones exigido en los estatutos, tienen la posibilidad de agruparse para alcanzar la representación requerida.
La aprobación de acuerdos
Para poder sacar adelante acuerdos, es necesario que estos reciban una mayoría simple de votos de los accionistas. Sin embargo, para aprobar modificaciones estatutarias o estructurales, es necesaria una mayoría legal reforzada. Este es el caso, por ejemplo, cuando la junta directiva pone sobre la mesa un aumento o una reducción del capital. Para poder sacar este tipo de medidas adelante, se requiere el voto a favor de más del 50% de los votos de los accionistas. Por otro lado, son necesarios al menos dos tercios de votos favorables para que la compañía pueda suprimir o limitar los derechos de suscripción preferente en las ampliaciones de capital, la transformación, escisión, fusión o para el traslado del domicilio a otro país.